Amianto

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El amianto es un agente químico cancerígeno presente en materiales que han sido tradicionalmente utilizados en la construcción de edificios, tuberías, etc. Su comercialización y uso está prohibido en la actualidad, si bien en determinadas actividades, como demolición de edificios o tareas de mantenimiento, los trabajadores que las realizan pueden estar expuestos a la inhalación de fibras de amianto.

ACTIVIDADES CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A AMIANTO

Sin carácter exhaustivo:

  • Demolición de construcciones.
  • Desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
  • Retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de equipos, instalaciones, estructuras o edificios.
  • Mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, instalaciones, estructuras o edificios.
  • Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
  • Vertederos autorizados para residuos de amianto.

REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO DE AMIANTO (RERA)

Con carácter general, las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones con riesgo de exposición a amianto tienen obligación de inscribirse en el Registro de la Autoridad Laboral donde radiquen sus instalaciones principales. No obstante, la normativa vigente contempla actuaciones cuyo carácter esporádico y bajo nivel de exposición pueden eximir a la empresa del cumplimiento de esta obligación.
La inscripción en el RERA de Castilla – La Mancha se llevará a cabo mediante la presentación de un formulario de inscripción.

Lugar de presentación:

De manera complementaria, las empresas inscritas en el RERA de Castilla - La Mancha interesadas en que sus datos de contacto se publiquen en esta página web, pueden autorizar dicha publicación mediante el envío a la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral de un formulario de autorización.  

Puede obtener más información sobre el RERA de Castilla-La Mancha través del enlace Trámites y Registros 

PLANES DE TRABAJO

El plan de trabajo es el documento en el que se describe de forma pormenorizada la acción que se pretende ejecutar, la metodología a seguir y las medidas de prevención y protección técnicas y organizativas necesarias para que el trabajo se realice en condiciones de mínima exposición, con el fin de preservar la seguridad y salud, tanto de los trabajadores como de aquellas otras personas que se puedan ver afectadas por el mismo.

Salvo en aquellas excepciones que contempla la normativa, las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones con riesgo de exposición al amianto han de elaborar un plan de trabajo y presentarlo, para aprobación, ante la autoridad laboral.

TIPOS DE PLAN DE TRABAJO

El plan de trabajo, en función de la actividad u operación que la empresa vaya a realizar, será de alguno de los siguientes tipos:

  • Plan de trabajo específico: es el que contiene la información referente a una operación o trabajo concreto cuyas características (ubicación, elementos constructivos, etc.) lo diferencian sustancialmente de otro trabajo y que, además, puede ser planificado por la empresa con suficiente antelación.
  • Plan de trabajo general: es el que contiene la información correspondiente a operaciones de corta duración con presentación irregular o no programables con antelación, especialmente en los casos de mantenimiento y reparación, y que viene referido al conjunto de estas actividades.