Construcción

Ilustración con obrero de la construcción

TRÁMITES ADMINISTRATIVOS EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN

COMUNICACIÓN DE APERTURA

En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, los empresarios que tengan la condición de contratista con arreglo a lo indicado en este real decreto deberán efectuar la comunicación de apertura del centro de trabajo. El promotor de la obra deberá facilitar a los contratistas los datos necesarios para realizar dicha comunicación.

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HABILITACIÓN DE LIBROS DE SUBCONTRATACIÓN

En toda obra de construcción incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, cada contratista que pretenda subcontratar parte de la obra a empresas subcontratistas o trabajadores autónomos, deberá disponer de un Libro de Subcontratación habilitado por la autoridad laboral correspondiente al territorio en que se ejecute la obra.

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REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (REA)

El Registro de Empresas Acreditadas (REA) es un registro administrativo de carácter público que depende de la autoridad laboral correspondiente al territorio de la comunidad autónoma donde radica el domicilio social de la empresa contratista o subcontratista. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el Registro de Empresas Acreditadas está adscrito a la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral.

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