¿Un trabajador autónomo puede habilitar su libro de subcontratación?

Con carácter general, con la excepción de los casos previstos expresamente en la normativa de aplicación, la Ley de Subcontratación prohíbe que el trabajador autónomo subcontrate los trabajos a él encomendados, entendiendo como trabajador autónomo aquel que ejecuta el trabajo de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeción a un contrato de trabajo y sin contar con trabajadores asalariados. Por tanto, dicho trabajador autónomo no ha de habilitar el libro de subcontratación, puesto que tiene prohibida la subcontratación.

Si el trabajador autónomo dispone de trabajadores asalariados que ejercen actividad en obra y, además, es contratista de dicha obra y tiene previsto subcontratar a otras empresas y/o trabajadores autónomos, sí ha de habilitar su libro de subcontratación, puesto que tiene la consideración de empresa.

Pregunta sobre: 
Libro de subcontratación