¿Es necesario comunicar la fecha de inicio de los trabajos aprobados en el plan?
Sí, con carácter previo al inicio de los trabajos y al margen de que dicha previsión de fecha de inicio se haya incluido previamente en el propio plan de trabajo.
En el caso de planes de trabajo aprobados por la autoridad laboral de Castilla - La Mancha, la comunicación de inicio ha de realizarse a través del siguiente formulario de comunicación, mediante el acceso al expediente en la Sede Electrónica de la JCCM.
De manera excepcional, si el plan de trabajo general ha sido aprobado por una autoridad laboral diferente a la de Castilla - La Mancha, la comunicación ha de realizarse a través del siguiente enlace. No obstante, en segunda o posteriores activaciones de dicho plan de trabajo, si conoce el nº de expediente asignado tras la primera comunicación, puede presentar el formulario por la vía descrita en el párrafo anterior.
En el caso de planes de trabajo específicos, con una antelación mínima de 7 días. Por otro lado, en el caso de activación de planes de trabajo generales, por cada uno de los trabajos a realizar y la máxima antelación posible. Cualquier incidencia relativa a esta comunicación (cancelación de trabajos, adelantamiento de plazos, etc.) debería ser comunicada.
Asimismo, señalar que estos plazos podrían verse modificados a través de la propia resolución del plan, circunstancia que prevalece frente a lo anteriormente señalado.